- Presupuesto: 18.021.903 euros.
- Plazo: del 28 de abril de 2023 hasta el 30 de junio de 2024
Objeto: Ayudas para la modernización y digitalización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, con residencia fiscal en Castilla-La Mancha.
Destinatarios:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas, tanto las personas jurídicas privadas que se incluyan en la definición de PYMES como las personas físicas, con residencia fiscal en Castilla-La Mancha, que cumplan los requisitos establecidos en el resuelvo cuarto de la Resolución de convocatoria.
Requisitos:
Para acceder a la condición de persona beneficiara de las ayudas, además de los requisitos establecidos en el artículo 16 del R.D. 902/2022, de 25 de octubre, se deberán cumplir los requisitos del resuelvo quinto de la Resolución de convocatoria, entre otros:
– Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.
– No estar incursa en ningún supuesto de incompatibilidad en los términos previstos en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre.
– No encontrarse incursa en ningún supuesto de los artículos 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Criterios:
– Por riguroso orden de presentación de las solicitudes hasta agotamiento del crédito de la convocatoria.
-Se podrá elegir hasta un máximo de dos soluciones de modernización de entre las establecidas como subvencionables.
Documentación a aportar:
Las solicitudes de ayuda se formalizarán mediante la cumplimentación del modelo oficial de solicitud Anexo I, acompañado de la documentación que se detalla en el Anexo II:
– Documentos de identificación del solicitante, y/ representante legal o apoderado, documento acreditativo del desarrollo de la actividad económica, documentación de estar al corriente de obligaciones fiscales, tributarias y de seguridad social, en caso de oponerse a su consulta o no autorizar su consulta expresa por el órgano instructor.
– Segun las distintas categorías de ayudas, en el caso de categoría 1, 3, y 4: certificado de plantilla de trabajadores y autonómo colaborador.
– En el caso de las categorías de ayudas 2,5,6,7,8,9 y 10: ficha técnica de cada vehículo y permiso de circulación.
Fuente: Castilla La Mancha